¿La orden de alejamiento solo afecta a los casos de violencia de género?
En un porcentaje muy elevado, en los casos de violencia de género, el agresor puede ser sentenciado a una medida de privación de sus derechos recogidos en el art. 48 del código penal, entre ellas la de residir, acudir en la cercanía a la víctima o su familia, aunque estas viviendas o zonas sean diferentes entre sí, a la prohibición de aproximarse a la víctima o familiares que determine el juez incluso a acercarse a su domicilio, lugares de trabajo y cualquier otro sitio que sea frecuentado por ellos, este artículo contempla la prohibición de comunicarse con la víctima o con aquellos familiares que haya designado el juez por cualquier medio de comunicación medio informático, contacto escrito, verbal o visual.
Para hacer este tipo de control el juez puede determinar una medida electrónica que permita llevar el control de la orden de alejamiento. Este procedimiento no solo es usado de cara a los casos de violencia de género, sino todo caso que conlleve una peligrosidad hacia la víctima y se necesita que el agresor se mantenga en la distancia, por lo que existen más casos que difieren de lo que sería única y exclusivamente violencia de género como pueden ser: delitos por violencia doméstica, delitos de lesiones, abusos, acoso, agresiones sexuales, coacciones, amenazas, etc. Esta es una medida que sirve para proteger a la víctima.
¿Qué requisitos son necesarios para la orden de alejamiento?
Muchos casos se verán amparados por la propia justicia y la naturaleza del delito, con lo que el juez en primera instancia se verá en la obligación de hacer uso de la orden de alejamiento ya sea por sentencia o por medida cautelar, pero en ciertos casos se requiere una serie de pruebas de forma contundente para solicitar a través de una denuncia la orden de alejamiento.
La problemática de este tipo de procedimientos se debe a que la recogida de pruebas que sirvan de manera contundente se puede volver complicada incluso para las F.F.C.C.S., aquí es donde entra el papel del detective privado, este tipo de servicios busca demostrar de forma eficaz y contundente que existe una situación de riesgo para víctima como pueden ser los delitos de acoso, delitos de violencia doméstica, etc.
Por otro lado, si el agresor o investigado cuenta con una orden de alejamiento y este la quebranta de forma dolosa, esto conlleva un delito de quebrantamiento de condena que está contemplado en el art. 468.2, donde se describe que romper tales medidas de seguridad supondrán una pena de prisión de seis meses a un año. El detective en su papel de perito-testifical podrá alegar tal conducta ya no solo mediante un informe, sino que podrá ser una parte fundamental y decisiva de cara a un futuro juicio ratificando dicho informe.
¿El servicio de investigación será muy caro si soy mujer?
El ser mujer no es un aliciente para que se incremente el coste, sino el tiempo que conlleva realizar tal servicio y el recabar la suficiente cantidad de pruebas para que un futuro juicio tenga el peso necesario para, tanto obtener la medida de seguridad, como alegar tal quebrantamiento de esta. En los casos de violencia de género se sobreentiende que la situación que está padeciendo una mujer es crítica, por lo que también se tiene en cuenta en este despacho, concediendo facilidades de pago en estos casos.
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