¿Qué la competencia desleal y porqué es una lacra para el empresario honrado?
En la actualidad, en la globalización del mercado existe una infinidad de productos y servicios que, a pesar de las distancias territoriales, pueden contener las mismas o similares características, ya sea por cesión de derechos de ventas y cambio de nombre de la marca, como por pura competencia en un sector. Es muy fácil encontrar, hoy en día, una serie de marcas que compiten entre ellas con un producto similar, el problema viene cuando una de esas empresas hace uso de métodos ilegales para sacar rédito, en esto nos encontramos con una serie de actos que pueden llegar a este tipo de ilegalidades y que iremos nombrando.
- Engaño: es el clásico dentro de la competencia desleal, ya que aquí nos enfrentamos a argucias que buscan obtener beneficios a costa de mostrar información errónea y que por consiguiente el producto que adquiere el consumidor es diferente de lo expuesto, este tipo de actos pueden ser realizados ya sea por cualquier medio publicitario o incluso por medio del personal comercial que tenga la empresa que realiza la ilegalidad en cuestión.
- El extrabajador: este es otro caso en los que debido a las rescisiones contractuales por los motivos que fueren, en algunos casos los trabajadores pudieron obtener cierto tipo de información lo suficientemente relevante para que, a la empresa original, sufra un perjuicio a nivel competitivo importante.
- Piramidal: las empresas en las que buscan una inclusión de clientes y con un beneficio por la inclusión de acompañamientos dándole a este cliente una rentabilidad sin que estos perciban ningún servicio o bien.
- Acoso o coacción: estos son conductas agresivas que ya de por sí, no da opción al cliente a tener la libertad de decisión sobre la compra de un bien o un servicio.
- Uso de menores: Cuando se hacer el uso de menores con la intención de que estos exhorten a los padres para la compra de cierto tipo de bienes o de servicios.
Estos son algunos de los ejemplos que se suele encontrar en el marco de la competencia desleal, cada situación está catalogada en la Ley 3/1991 de 10 de enero.
El informe de un detective como elemento clave en un juicio
Es notable decir que en las situaciones donde hay empresas alegando una situación de competencia desleal, la aportación de pruebas para certificar dicho acto ilícito por parte de la competencia es uno de los factores que ha llevado a hacer uso de los detectives privados. Estos aportaran las pruebas de los hechos acontecidos con el acompañamiento de un informe y teniendo la posibilidad de ratificar en sala dicho informe.
Hay que tener en cuenta que la competencia desleal tiene un tiempo de prescripción bastante corto, en el caso de los descritos en art. 32 prescriben por el transcurso de un año desde el momento en que pudieron ejercitarse y el legitimado tuvo conocimiento de la persona que realizó el acto de competencia desleal; y, en cualquier caso, por el transcurso de tres años desde el momento de la finalización de la conducta. Debido a esto, la urgencia de obtener pruebas es primordial.
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